El caso de El Tagarral ha sido un prolongado conflicto legal y urbanístico que ha enfrentado durante décadas a los ayuntamientos madrileños de Colmenar Viejo y Tres Cantos con la Comunidad de Madrid. Un caso que muchos califican ya como “histórico”, con ramificaciones jurídicas, económicas, políticas e incluso vecinales en toda la zona norte de Madrid.
Origen y causas del conflicto.
En 1987, la Comunidad de Madrid aprobó una revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Colmenar Viejo que cambió la clasificación de los terrenos de El Tagarral —una finca de unas 140 hectáreas ubicada en lo que hoy es Tres Cantos— de suelo urbanizable programado a suelo no urbanizable de protección agrícola y ecológica.
Esto supuso que terrenos considerados urbanizables desde 1975 pasaran a tener protección especial, restringiendo su edificabilidad. En aquel momento, Tres Cantos aún no existía como municipio independiente (se segregó de Colmenar en 1991), por lo que la decisión fue tomada por Colmenar con aval del Gobierno regional.
Los propietarios de la finca consideraron que esta recalificación les causaba un gran perjuicio económico y acudieron a los tribunales. En 1992, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) les dio la razón y condenó al Ayuntamiento de Colmenar Viejo, al de Tres Cantos (recién creado) y a la Comunidad de Madrid a pagar una indemnización conjunta.
Sentencia firme y reparto del pago.
Tras años de recursos y negociaciones, en 2003 se fijó una indemnización total de unos 42 millones de euros. Pero el reparto de esa carga fue objeto de más pleitos entre administraciones, hasta que en 2019 el Tribunal Supremo dictó sentencia definitiva: los tres organismos debían pagar a partes iguales.
La Comunidad de Madrid ya había adelantado el pago a los propietarios en 2014, por lo que Colmenar Viejo y Tres Cantos debían reembolsar unos 21 millones cada uno.
Acuerdo de pago: 12 años y 0,42% de interés.
Para evitar el colapso de las arcas municipales, en abril de 2021 se acordó fraccionar la deuda en 12 anualidades, con un interés reducido del 0,42%.
Cada ayuntamiento abona unos 2,1 millones de euros al año, incluyendo intereses. El primer pago se realizó en marzo de 2022. En total, terminarán pagando unos 24–25 millones de euros cada uno.
Impacto en las finanzas municipales.
En Colmenar Viejo (presupuesto anual: 40 millones), el golpe fue inmediato: se suspendieron nuevas inversiones municipales y se revisaron partidas. Tres Cantos (presupuesto: 49 millones) afrontó una situación similar.
Ambos ayuntamientos han tratado de mantener los servicios sin subir impuestos ni recortar prestaciones, recurriendo a remanentes de tesorería o reajustes internos.
Declaraciones y posturas políticas.
El entonces alcalde de Colmenar Viejo, Jorge García (PP), ya mostró en su día su profundo malestar por la sentencia. Declaró sentir “indignación e impotencia” por tener que asumir el coste de lo que consideraba una “herencia” de gobiernos socialistas en 1987.
Por su parte, el alcalde de Tres Cantos, Jesús Moreno (PP), adoptó un tono más técnico: reconoció la carga histórica y llamó a aprender de lo ocurrido para futuras modificaciones urbanísticas.
Desde la Comunidad de Madrid, la entonces consejera Paloma Martín calificó el acuerdo como una salida negociada, destacando el esfuerzo por reducir intereses y evitar un colapso financiero en los municipios implicados.
Controversia política y vecinal.
El conflicto también desató fricciones políticas. En 2020, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo (PP) propuso una comisión de investigación sobre las decisiones tomadas en los años 80. El PSOE local rechazó la iniciativa, considerándola un intento de desgaste político.
Para los socialistas, la recalificación fue una respuesta necesaria al crecimiento descontrolado que se proyectaba en la zona: una ciudad de 140.000 habitantes. A su juicio, se trató de una medida de contención frente a la especulación urbanística.
Colectivos vecinales, sobre todo en Tres Cantos, llevaban años pidiendo que se resolviera el litigio. Finalmente, el plan de pagos fue bien recibido como una solución que, aunque tardía, permitía pasar página.
Conclusión.
El caso El Tagarral sigue siendo un ejemplo paradigmático de cómo una decisión urbanística mal planificada puede generar décadas de consecuencias económicas, legales y políticas para generaciones futuras. Su resolución, aunque tardía, ha dejado valiosas lecciones sobre planificación, transparencia y gestión del interés público.
Fuentes:
Ayuntamientos de Colmenar Viejo y Tres Cantos (comunicados oficiales), Tribunal Supremo (sentencia 2019), TSJ de Madrid (sentencia 1992), BOE, prensa regional y medios locales como Cadena SER, ABC, El País, La Vanguardia, Telemadrid y Diario Tres Cantos.

